1.0 Escoja su piso, contacte con AlojaBarcelona para obtener las condiciones de su alquiler y la confirmación de disponibilidad del apartamento.
2.0 Mande su documentación: D.N.I, N.I.E o pasaporte más visado expedido por el consulado de España, domicilio actual, importe de la reserva y documenta- ción laboral según el tipo de trabajador:
a. Deberá hacer una oferta formal en nuestra oficina.
b. A esta propuesta, usted deberá dejar un depósito de € 2.000 que garantice la seriedad de su oferta.
c. La oferta indicará las fechas propuestas para las arras y para la firma ante notario.
d. Trasladaremos su oferta al propietario del piso.
3.2 La respuesta a su oferta en menos de 5 días hábiles
a. El propietario acepta su oferta, pasamos al siguiente paso, o
b. El propietario rechaza su oferta, su depósito le será devuelto íntegramente.
3.3 Formalizar la venta: el "Contrato de arras"
a. El contrato se redacta en la oficina indicando la descripción del piso, la superficie, las condiciones de venta, la fecha de firma de la Escritura Pública e indicará cómo se pagará el resto del precio,
b. Es habitual adelantar el 10% del precio total a la firma aunque las partes pueden acordar una cantidad distinta,
c. La ley prevé obligaciones para las partes y regula los efectos de su eventual incumplimiento.
3.4 Si usted es extranjero, hay que solicitar el NIE
a. Es imprescindible para comprar una vivienda en territorio español, abrir una cuenta bancaria,
b. Si usted está fuera de España, lo puede hacer desde cualquier embajada o consulado español,
c. Si usted está en España, y precisamente en Barcelona, puede solicitar una cita previa en la web: https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustieb/citar?accion=ac_entrada,
d. Documentos necesarios: formulario EX15 en 3 ejemplares, la copia de su pasaporte o DNI con los originales, la copia del Contrato de Arras.
3.5 Escritura Pública de Compraventa
a. Usted puede elegir a un notario, o le podemos recomendar uno, no hay diferencia de costes,
b. Se formaliza delante notario la Compraventa,
c. Usted pagará el resto del precio de la venta.
a. Como nuevo propietario, se inscribe su título en el Registro de la Propiedad. De este trámite se ocupa el mismo notario donde firmó la compraventa,
b. Como nuevo miembro de la comunidad de propietarios, debe informar al administrator de la finca para que le notifique las reuniones y domiciliar los pagos,
c. Debe contactar con las empresas de suministros de energía (agua, gas y electricidad) para el cambio de titular y de domiciliación bancaria, a ser posible facilitando las lecturas reales,
d. Debe avisar al ayutamiento de Barcelona para el cambio de titularidad del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) para el año siguiente a la compra.
5.1 ¿Qué coste conlleva la compra de un piso?
Debe calcular aproximadamente un 12% del precio de la vivienda. Esa cantidad incluye los impuestos (10% del precio total), la minuta del notario y la inscripción de la Escritua en el Registro de la Propiedad (un 2% del precio total).
5.2 ¿Qué ocurre si una de las partes no cumple sus compromisos?
a. Si el vendedor incumple su Obligación de vender en las condiciones acordadas, deberá devolver el doble de lo que el comprador le ha entregado,
b. Si el comprador incumple su Obligación de comprar en las condiciones acordadas, perderá las cantidades entregadas a la reserva.
a. Trabajador por cuenta ajena a. Tres últimas nóminas,.
b. Contrato de trabajo,
c. Última declaración de la renta.
3.2 Trabajador por cuenta propia (autónomos)
a. Última declaración de la renta,
b. Tres últimos recibos de pago I.R.P.F,
c. Datos del gestor o administrador. .
a. Carta de admisión universitaria,
b. Justificante de pago de los estudios,
c. Constancia de solvencia y/o aval de tercera persona.
a. Título de constitución de la sociedad,
b. Título acreditativo de las facultades del representante legal de la sociedad,
c. Impuesto de Sociedades presentado en el último ejercicio (modelo 200).
a. Referencias bancarias o aval bancario,
b. Justificante de ingresos en el extranjero,
c. Recomendaciones personales firmadas y selladas por el órgano emisor.
a. La reserva tendrá una vigencia de 7 días naturales,
b. Cuando se realiza la reserva AlojaBarcelona se compromete a no
b. Cuando se realiza la reserva AlojaBarcelona se compromete a no mostrar la vivienda a ningún otro cliente ni aceptar otras reservas durante el periodo estipulado,
c. La reserva estará condicionada a la valoración del departamento de riesgo y la aprobación por parte de los propietarios,
d. Los ingresos deben ser 2,5 veces superiores al valor del alquiler,
e. El pago del importe de la reserva,
f. En caso de ser denegada se reintegrará el importe total de la reserva.
Contáctanos y responderemos todas tus consultas de forma personalizada.
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